La ética del discurso de Jürgen Habermas como método mediativo ante la negligencia de la institucionalización de derechos humanos.
La ética del discurso de Jürgen
Habermas como método mediativo ante la
negligencia de la institucionalización de derechos humanos.
Por Alejandro Antonio Rodríguez Valencia.
Por
legitimación, la entenderé partiendo de la comprensión de la conformación del
poder estatal conformado a través del derecho. Así, los órdenes políticos
requieren legitimidad del derecho. De
esta forma, la aceptación del derecho implicaría no solo su validez normativa,
sino, también, que sea “digno” de reconocer[1]. En
las siguientes páginas tengo como objetivo partir desde la ética del discurso de
Jürgen Habermas como método proponiéndolo como método de mediación ante la problemática de la no
legitimación oficial de derechos, en este caso, para nuestros fines de
actualidad, el agua.
Con
esto, no quiero dar a entender que no existe una legitimación oficial con
respecto al derecho al agua. De hecho,
si está legitimado. Parte de mi propósito es recalcar esa legitimación basada
en tradición y costumbres que se han perpetuado e instaurado como normativa
social, en este caso en nuestra sociedad salvadoreña. A su vez, también está respaldado por organización mundial, es
decir, Naciones Unidas.
Sin
embargo, en nuestro país no existe una ley que reconozca esa legitimación.
Considero que desde la ética del discurso, puede ayudar para mediar entre la
población civil y el estado para oficializar jurídicamente esta legitimación.
Para
empezar, el agua ha estado en el pensamiento simbólico del ser humano a lo
largo de la historia. Desde los relatos antes de cristo del Popol-vuh, el agua
juega un papel fundamental, no solamente por la importancia en la agricultura,
sino también en la concepción antropológica del hombre, ya que, en la fusión de
lo que es el maíz amarillo y, blanco, con la bendición del agua se ha de hacer la carne que dará resultado a
lo que es brazos y piernas y articulará al hombre[2].
También,
en la tradición judeo cristiana en la narrativa del profeta Ezequiel,
recordando un poco el relato donde hacía salir agua del interior del templo, de
la casa de Dios. Posteriormente, fue avanzando la historia el agua fue formando
parte del diario vivir del ser humano,
no solo en la agricultura, la religión, en una pequeña parte de la “carrera
armamentística medieval” (Herrería). Y como punto más importante, recurso
necesario para la vitalidad del hombre.
Así, la existencia del agua en las distintas áreas técnicas y
culturales, no solamente demuestran una necesidad del recurso, más bien, es: signo de la profunda unión con lo humano en
su dimensión creativa (Tojeira 2018)
Es
de tal magnitud que la Asamblea nacional de las naciones Unidas, el 28 de Julio
de 2010, a través de la resolución 64/292, explícita: reafirmando que el agua potable limpia y el saneamiento son
esenciales para la realización de todos los derechos humanos. La Resolución
exhorta a los Estados y organizaciones internacionales a proporcionar recursos
financieros, a propiciar la capacitación y la transferencia de tecnología para
ayudar a los países, en particular a los países en vías de desarrollo, a
proporcionar un suministro de agua potable y saneamiento saludable, limpio,
accesible y asequible para todos[3].
En
mayo de 2016 el Relator Especial sobre el derecho humano al agua potable y al
saneamiento, en su visita a El Salvador, dejó dicho que a pesar de los
positivos avances que ha habido en nuestro país en la extensión del servicio
del agua, los problemas que permanecen son graves: “A pesar de los avances mencionados,
según la información proporcionado por ANDA, más de 600 mil personas en El
Salvador no tienen acceso a ningún tipo de servicio de agua potable y
saneamiento, ni siquiera a través de la recolección de aguas de lluvia. Así
mismo, más de un millón de personas solo tienen acceso a un servicio deficiente
de agua, donde no se garantiza su potabilidad”[4].
Este
último dato, sólo nos demuestra lo importante que es un reconocimiento jurídico,
transformado en ley formal que garantice el
acceso por el vital líquido a toda la población civil. Sin embargo, hoy
en día aún se discute quien debe de administrar el vital líquido, lo cual no
digo que este malo, pero, hoy por hoy, no es lo que realmente importa.
Ahora
bien, luego de este breve esbozo acerca de la importancia y, la actualidad del
agua en el Salvador, abordaré lo que
es y su papel que a mi criterio debería de jugar la
ética del discurso.
Primeramente, ¿Qué es la ética del discurso? La ética del
discurso de Jürgen Habermas, se caracteriza por ser una ética de carácter
deontológico, cognitivista, formalista y universalista. Su mayor aplicabilidad es en el campo de la
normal moral. Siendo ésta una propuesta ante problemas de índole
práctico-moral. La ética del discurso, parte de fundamentos teóricos, propiciados
por la teoría de la acción comunicativa. Estos fundamentos proponen que el
entendimiento y el acuerdo son posible, siempre y cuando se basen en razones
sobre cuestiones normativas[5].
Antes
de iniciar abordando la importancia de la ética discursiva, me gustaría empezar
por explicar lo provechoso y el alcance que tiene la ética discursiva desde el
carácter dialógico del hombre. En la
comunicación se ve implicado un emisor, canal, y Receptor. Habermas, destaca
Hablante y destinatario como una relación
vertical hacia objetos o hechos. (Habermas 2015)
Así,
se establece una relación interpersonal, entre emisor y receptor cuya
articulación se convierte de carácter intersubjetivo. Así, los participantes
pueden lograr comprenderse a entre ellos mismos. Con
ello da paso a la discursividad. Logrando destacar esta condición especial del
ser humano, el diálogo, se puede usar
en disposición de resolución de
problemas, en este caso, propongo tratar de replicar este aporte del filósofo,
Jürgen Habermas.
La
importancia de la ética discursiva que pretendo destacar y considero sirva de
mediación, es el respeto recíproco e
igual para todos exigidos por el universalismo (Habermas 2015) en la acción
intersubjetiva, que se desarrolla en torno a una problemática. En este caso, la
ética discursiva al proponer aprobación,
entendida como un acuerdo desde unas condiciones discursivas[6], al alcanzar aprobación desde la discursividad, son capaces de alcanzar
principios universales, es decir, reglas que sean de la aprobación de dos
partes, en la cual estarán dispuestos a respetar y acatar.
Claro,
esta universalidad no debe de verse dañada por ninguna acción coarcitividad de
ninguna de las partes. De ser así, es imposible lograr criterio de universalización. Lo ideal es buscar una
reciprocidad universalizada, esta exigiría asumir responsabilidad, empatía, honestidad, y lo más importante, una constante práctica
argumentativa, donde no sólo ayude para lograr un acuerdo, en este caso la
población civil y el estado, también, como crecimiento en una sociedad civil,
que se carece de ello.
Ahora
bien, lo que propongo, desde la ética del discurso es servir como método de
mediación entre la población civil y el estado, para lograr el reconocimiento
jurídico, a su vez este método debe servir para superar las diferencias entre
los protagonistas de esta discusión que parece no tener resolución hasta el
momento. Sin embargo, hoy en día no poseemos un reconocimiento igualitario,
mayormente los más poderosos abusan de la confianza, el diálogo deshonesto para
no cumplir las exigencias de una sociedad civil que lucha por que se les
respeten sus derechos más básicos.
El
reconocimiento como iguales es importante en el diálogo, si no la discursividad, no tendría provecho, A su
vez, el reconocimiento del otro, como igual, no solamente significa respeto, si
no, también un reconocimiento de su problema como mío. Es decir, el problema no
solamente es de una parte, sino, de ambas partes.
Sin
embargo, esta propuesta parece no tener mucha relevancia, ya que, normalmente,
valores como la confianza, el respeto no se garantizan, es más se hace un abuso
de esos valores, donde normalmente la sociedad civil es la que sale perdiendo.
También,
lo más recurrente es que, predominen intereses particulares, y como ya vimos
anteriormente, no debe de haber ninguna fuerza coarcitiva que prevalezca sus
intereses sobre el principio discursivo.
Todo lo contrario, debe de prevalecer el principio discursivo, con el criterio de igualdad, ya que, el estado debe brindar
el servicio del vital líquido, entendido como derecho básico. El estado no
solamente se ve en la obligación de proteger este derecho por medio de la ley,
sino, también, el estado es representado por personas naturales, salvadoreñas,
que también son parte de la población civil, que al terminar su cargo también
se verá benecifiada por el vital líquido.
Para
finalizar, termino con una cita de un artículo de Antonio Núñez, donde destaca
la importancia de la relación entre lenguaje y ética.
“Los
componentes que conforman la sociedad están en permanente diálogo discursivo y
cualquier decisión que sea tomada por uno de ellos, en una situación concreta
que posee implicaciones morales, requiere necesariamente ser justificada,
legitimada ante otros, es decir, exige ser explicada argumentativamente. Las
decisiones éticas requieren de explicaciones, pero más que eso exigen un
aparato retórico que las sustenten. De allí, que el lenguaje y el discurso
tenga un papel preponderante en la ética. Con lenguaje construimos realidades,
pero también justificamos ciertas realidades o nuestra acción moral en esa
realidad llena de individuos. Con el discurso se materializa la interacción de
los individuos que están situados en esa realidad”[7].
Bibliografía
·
Jairo Miguel
Torres Oviedo. (“Ética del discurso de
Habermas: como propuesta teórico-práctica 13 de noviembre de 2015 a en la
solución de problemas práctico-morales” Universidad Simón Bolívar -
Barranquilla, Colombia.
·
Observaciones Preliminares del Relator Especial
sobre el derecho humano al agua potable y al saneamiento al concluir su misión
oficial a El Salvador del 11-18 de mayo
de 2016
·
Resolución
A/RES/64/292. Asamblea General de las Naciones Unidas. Julio de 2010.
·
Habermas, J.
(1987). Teoría de la acción comunicativa. Cuarta edición. Madrid:
·
Antonio Núñez
Aldazoro, Ética: decisión y argumentación.
https://ajnunezdiscurso.blogspot.com/2013/02/etica-decision-y-argumentacion.html?fbclid=IwAR2yuSW5TwYyzqq5FQUqhD8v9aJ9EP6U36-xf8h0HDxwbdqYUol2sfyAx7U
·
José María
Tojeira, Derecho al Agua.
·
Habermas,
Jürgen. 1991. Aclaraciones sobre la ética
del discurso. Traducción e introducción de Manuel Jiménez Redondo
[1] Raúl A. Rodríguez. LA LEGITIMACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN
LA CULTURA OCCIDENTAL, www.roberttexto.com
[2] José María Tojeira, El derecho al agua, 2018
[3] Resolución A/RES/64/292. Asamblea
General de las Naciones Unidas. Julio de 2010.
[4] Observaciones
Preliminares del Relator Especial sobre el derecho humano al agua potable y al
saneamiento al concluir su misión oficial a El Salvador del 11-18 de mayo de 2016
[5] Jairo Miguel Torres Oviedo. (“Ética del discurso de Habermas: como propuesta
teórico-práctic 13 de noviembre de 2015 a en la solución de problemas
práctico-morales” Universidad Simón Bolívar - Barranquilla, Colombia.
[6] Entiéndase discursividad como el acto diálogativo más común que puede
establecer 2 personas.
[7] • Antonio
Núñez Aldazoro, Ética: decisión y argumentación.
https://ajnunezdiscurso.blogspot.com/2013/02/etica-decision-y-argumentacion.html?fbclid=IwAR2yuSW5TwYyzqq5FQUqhD8v9aJ9EP6U36-xf8h0HDxwbdqYUol2sfyAx7U
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