La ética del discurso de Jürgen Habermas como método mediativo ante la negligencia de la institucionalización de derechos humanos.


La ética del discurso de Jürgen Habermas como método mediativo ante la  negligencia de la institucionalización de derechos humanos. 

Por Alejandro Antonio Rodríguez Valencia. 



Por legitimación, la entenderé partiendo de la comprensión de la conformación del poder estatal conformado a través del derecho. Así, los órdenes políticos requieren  legitimidad del derecho. De esta forma, la aceptación del derecho implicaría no solo su validez normativa, sino, también, que sea “digno” de reconocer[1]. En las siguientes páginas tengo como objetivo partir desde la ética del discurso de Jürgen Habermas como método proponiéndolo como método de  mediación ante la problemática de la no legitimación oficial de derechos, en este caso, para nuestros fines de actualidad, el agua.


Con esto, no quiero dar a entender que no existe una legitimación oficial con respecto al derecho al agua.  De hecho, si está legitimado. Parte de mi propósito es recalcar esa legitimación basada en tradición y costumbres que se han perpetuado e instaurado como normativa social, en este caso en nuestra sociedad salvadoreña. A su vez, también  está respaldado por organización mundial, es decir, Naciones Unidas.


Sin embargo, en nuestro país no existe una ley que reconozca esa legitimación. Considero que desde la ética del discurso, puede ayudar para mediar entre la población civil y el estado para oficializar jurídicamente esta legitimación.


Para empezar, el agua ha estado en el pensamiento simbólico del ser humano a lo largo de la historia. Desde los relatos antes de cristo del Popol-vuh, el agua juega un papel fundamental, no solamente por la importancia en la agricultura, sino también en la concepción antropológica del hombre, ya que, en la fusión de lo que es el maíz amarillo y, blanco, con la bendición del agua  se ha de hacer la carne que dará resultado a lo que es brazos y piernas y articulará al hombre[2].


También, en la tradición judeo cristiana en la narrativa del profeta Ezequiel, recordando un poco el relato donde hacía salir agua del interior del templo, de la casa de Dios. Posteriormente, fue avanzando la historia el agua fue formando parte del diario vivir del  ser humano, no solo en la agricultura, la religión, en una pequeña parte de la “carrera armamentística medieval” (Herrería). Y como punto más importante, recurso necesario para la vitalidad del hombre.  Así, la existencia del agua en las distintas áreas técnicas y culturales, no solamente demuestran una necesidad del recurso, más bien, es: signo de la profunda unión con lo humano en su dimensión creativa (Tojeira 2018)


Es de tal magnitud que la Asamblea nacional de las naciones Unidas, el 28 de Julio de 2010, a través de la resolución 64/292, explícita: reafirmando que el agua potable limpia y el saneamiento son esenciales para la realización de todos los derechos humanos. La Resolución exhorta a los Estados y organizaciones internacionales a proporcionar recursos financieros, a propiciar la capacitación y la transferencia de tecnología para ayudar a los países, en particular a los países en vías de desarrollo, a proporcionar un suministro de agua potable y saneamiento saludable, limpio, accesible y asequible para todos[3].


En mayo de 2016 el Relator Especial sobre el derecho humano al agua potable y al saneamiento, en su visita a El Salvador, dejó dicho que a pesar de los positivos avances que ha habido en nuestro país en la extensión del servicio del agua, los problemas que permanecen son graves: “A pesar de los avances mencionados, según la información proporcionado por ANDA, más de 600 mil personas en El Salvador no tienen acceso a ningún tipo de servicio de agua potable y saneamiento, ni siquiera a través de la recolección de aguas de lluvia. Así mismo, más de un millón de personas solo tienen acceso a un servicio deficiente de agua, donde no se garantiza su potabilidad”[4].

Este último dato, sólo nos demuestra lo importante que es un reconocimiento jurídico, transformado en ley formal que garantice el  acceso por el vital líquido a toda la población civil. Sin embargo, hoy en día aún se discute quien debe de administrar el vital líquido, lo cual no digo que este malo, pero, hoy por hoy, no es lo que realmente importa.


Ahora bien, luego de este breve esbozo acerca de la importancia y, la actualidad del agua en el Salvador, abordaré  lo que es  y su  papel que a mi criterio debería de jugar la ética del discurso.

Primeramente,  ¿Qué es la ética del discurso? La ética del discurso de Jürgen Habermas, se caracteriza por ser una ética de carácter deontológico, cognitivista, formalista y universalista.  Su mayor aplicabilidad es en el campo de la normal moral. Siendo ésta una propuesta ante problemas de índole práctico-moral. La ética del discurso, parte de fundamentos teóricos, propiciados por la teoría de la acción comunicativa. Estos fundamentos proponen que el entendimiento y el acuerdo son posible, siempre y cuando se basen en razones sobre cuestiones normativas[5].


Antes de iniciar abordando la importancia de la ética discursiva, me gustaría empezar por explicar lo provechoso y el alcance que tiene la ética discursiva desde el carácter dialógico del hombre.  En la comunicación se ve implicado un emisor, canal, y Receptor. Habermas, destaca Hablante y destinatario como una relación vertical hacia objetos o hechos.  (Habermas 2015)


Así, se establece una relación interpersonal, entre emisor y receptor cuya articulación se convierte de carácter intersubjetivo. Así, los participantes pueden lograr comprenderse a entre ellos mismos. Con ello da paso a la discursividad.  Logrando destacar esta condición especial del ser humano, el diálogo, se puede usar en disposición de  resolución de problemas, en este caso, propongo tratar de replicar este aporte del filósofo, Jürgen Habermas.


La importancia de la ética discursiva que pretendo destacar y considero sirva de mediación, es el respeto recíproco e igual para todos exigidos por el universalismo (Habermas 2015) en la acción intersubjetiva, que se desarrolla en torno a una problemática. En este caso, la ética discursiva al proponer aprobación, entendida como un acuerdo desde unas condiciones discursivas[6],  al alcanzar aprobación desde la discursividad, son capaces de alcanzar principios universales, es decir, reglas que sean de la aprobación de dos partes, en la cual estarán dispuestos a respetar y acatar.


Claro, esta universalidad no debe de verse dañada por ninguna acción coarcitividad de ninguna de las partes. De ser así, es imposible lograr criterio de universalización. Lo ideal es buscar una reciprocidad universalizada, esta exigiría asumir responsabilidad, empatía, honestidad,  y lo más importante, una constante práctica argumentativa, donde no sólo ayude para lograr un acuerdo, en este caso la población civil y el estado, también, como crecimiento en una sociedad civil, que se carece  de ello.


Ahora bien, lo que propongo, desde la ética del discurso es servir como método de mediación entre la población civil y el estado, para lograr el reconocimiento jurídico, a su vez este método debe servir para superar las diferencias entre los protagonistas de esta discusión que parece no tener resolución hasta el momento. Sin embargo, hoy en día no poseemos un reconocimiento igualitario, mayormente los más poderosos abusan de la confianza, el diálogo deshonesto para no cumplir las exigencias de una sociedad civil que lucha por que se les respeten sus derechos más básicos.


El reconocimiento como iguales es importante en el diálogo, si no la discursividad, no tendría provecho, A su vez, el reconocimiento del otro, como igual, no solamente significa respeto, si no, también un reconocimiento de su problema como mío. Es decir, el problema no solamente es de una parte, sino, de ambas partes.


Sin embargo, esta propuesta parece no tener mucha relevancia, ya que, normalmente, valores como la confianza, el respeto no se garantizan, es más se hace un abuso de esos valores, donde normalmente la sociedad civil es la que sale perdiendo.


También, lo más recurrente es que, predominen intereses particulares, y como ya vimos anteriormente, no debe de haber ninguna fuerza coarcitiva que prevalezca sus intereses sobre el principio discursivo. Todo lo contrario, debe de prevalecer el principio discursivo, con el criterio de igualdad, ya que, el estado debe  brindar el servicio del vital líquido, entendido como derecho básico. El estado no solamente se ve en la obligación de proteger este derecho por medio de la ley, sino, también, el estado es representado por personas naturales, salvadoreñas, que también son parte de la población civil, que al terminar su cargo también se verá benecifiada por el vital líquido.

Para finalizar, termino con una cita de un artículo de Antonio Núñez, donde destaca la importancia de la relación entre lenguaje y ética.  


 “Los componentes que conforman la sociedad están en permanente diálogo discursivo y cualquier decisión que sea tomada por uno de ellos, en una situación concreta que posee implicaciones morales, requiere necesariamente ser justificada, legitimada ante otros, es decir, exige ser explicada argumentativamente. Las decisiones éticas requieren de explicaciones, pero más que eso exigen un aparato retórico que las sustenten. De allí, que el lenguaje y el discurso tenga un papel preponderante en la ética. Con lenguaje construimos realidades, pero también justificamos ciertas realidades o nuestra acción moral en esa realidad llena de individuos. Con el discurso se materializa la interacción de los individuos que están situados en esa realidad”[7].


Bibliografía

·         Jairo Miguel Torres Oviedo. (“Ética del discurso de Habermas: como propuesta teórico-práctica 13 de noviembre de 2015 a en la solución de problemas práctico-morales” Universidad Simón Bolívar - Barranquilla, Colombia. 
·         Observaciones Preliminares del Relator Especial sobre el derecho humano al agua potable y al saneamiento al concluir su misión oficial a El Salvador del 11-18 de mayo de 2016
·         Resolución A/RES/64/292. Asamblea General de las Naciones Unidas. Julio de 2010.
·         Habermas, J. (1987). Teoría de la acción comunicativa. Cuarta edición. Madrid:
·         José María Tojeira, Derecho al Agua.
·         Habermas, Jürgen. 1991. Aclaraciones sobre la ética del discurso. Traducción e introducción de Manuel Jiménez Redondo


[1] Raúl A. Rodríguez. LA LEGITIMACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LA CULTURA OCCIDENTAL, www.roberttexto.com
[2] José María Tojeira, El derecho al agua, 2018
[3] Resolución A/RES/64/292. Asamblea General de las Naciones Unidas. Julio de 2010.
[4] Observaciones Preliminares del Relator Especial sobre el derecho humano al agua potable y al saneamiento al concluir su misión oficial a El Salvador del 11-18 de mayo de 2016
[5] Jairo Miguel Torres Oviedo. (“Ética del discurso de Habermas: como propuesta teórico-práctic 13 de noviembre de 2015 a en la solución de problemas práctico-morales” Universidad Simón Bolívar - Barranquilla, Colombia. 
[6] Entiéndase discursividad como el acto diálogativo más común que puede establecer 2 personas.
[7]           Antonio Núñez Aldazoro, Ética: decisión y argumentación. https://ajnunezdiscurso.blogspot.com/2013/02/etica-decision-y-argumentacion.html?fbclid=IwAR2yuSW5TwYyzqq5FQUqhD8v9aJ9EP6U36-xf8h0HDxwbdqYUol2sfyAx7U

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