Implicaciones éticas de la investigación en sujetos humanos.

Implicaciones éticas de la investigación en sujetos humanos: el principio de autonomía como fundamento de la dignidad de los sujetos humanos.


Por: Rosemarie Guadalupe Mercado Cubías



A partir de los avances en las ciencias durante el último siglo, el involucramiento de seres humanos en investigaciones científicas ha sido necesario para generar resultados concretos que, además de tener la capacidad de mejorar la calidad de vida, muchas veces pueden generar jugosas ganancias para las grandes compañías farmacéuticas. Sin embargo, en el pasado no existía regulación alguna que delimitara los derechos de las personas con las que se practicaban en este tipo de investigaciones, lo que permitía a aquellos que dirigían los experimentos a llegar a límites claramente inhumanos. Es hasta después de la Segunda Guerra Mundial que se reconoce la necesidad de discutir sobre la experimentación en seres humanos a partir de las atrocidades cometidas por la Alemania Nazi y que fueron juzgadas en Núremberg.



Los parámetros establecidos durante dicha época han venido evolucionando con el pasar del tiempo, adaptándose a los avances generados por las nuevas tecnologías, pero siempre retomando los derechos fundamentales a la vida y a la salud como su base principal. El reconocimiento paulatino de los derechos humanos no solo llevó a cambios en las normativas existentes, sino también a una comprensión diferente de lo que significa ser persona y lo que esto conlleva en cuanto a la ciencia. Los lineamientos originales propuestos en los años cuarenta se han conservado, pero en la actualidad se ha resaltado con especial interés el consentimiento informado sobre el proceso que se ha de realizar, incluyendo todos los probables beneficios o posibles efectos colaterales producto de la experimentación en el paciente[1]. Para ser puesto en práctica verdaderamente, este consentimiento voluntario precisa de una decisión informada y libre, es decir, autónoma.



La experimentación es una pieza clave para el desarrollo de avances en la investigación científica; desde la “simple” experimentación en animales hasta el tipo que ahora se pone en cuestión. Todo proyecto de investigación debe estar diseñado de tal manera que evite todo daño o sufrimiento físico y mental innecesarios, y debe procurar protección al sujeto estudiado, dándole la facultad de retractarse de su participación en el proceso, tal como lo estipula la Declaración de Helsinski[2]. Y es precisamente ante la investigación científica en sujetos humanos que resulta importante considerar el principio de autonomía como fundamento de la dignidad humana.

Ahora bien, ¿adónde se encuentra tal relación? En sí, la dignidad de una persona es reconocida a partir de la caracterización del ser humano como ser un individual, pero capaz de la universalidad. La dignidad confiere un rango superior que merece una consideración diferente, debido a la particular posibilidad del ser humano de actuar libremente. Sin embargo, el término puede resultar confuso si no se establece de qué se es digno y por qué se es digno de tal cosa. Está claro que la dignidad es un medio de seguridad ante la realidad incierta; sirve de mediadora entre los hechos concretos y las obligaciones de terceras partes[3]. Cortina afirma que este principio se vincula con la facultad que tiene todo ser humano de auto determinarse.



Para profundizar en cuanto a la autonomía, Cortina la considera como el fundamento de la dignidad, partiendo del hecho que es algo que culturalmente reconocemos; la autonomía es una condición idealmente inherente al ser humano, la cual ha sido respaldada bajo términos religiosos y filosóficos en repetidas ocasiones. Cortina señala que para establecer la conexión entre dignidad y autonomía es necesario volver a algunos planteamientos de la ética kantiana, precisamente su observación sobre la sociedad moderna y el hecho de que en ella todo tenga precio, aunque una cosa puede ser sustituida por algo equivalente a ella sin problema alguno. Sin embargo, afirma que existe algo que está por encima de todo precio existente, es decir, la dignidad del ser humano. Dicha característica implica la característica de considerar el hecho que el ser humano es un fin en sí mismo, lo cual determina un valor interno reconocible en la persona de forma absoluta ante los demás sujetos. Ese valor interno se da a partir de reconocer al ser humano como el único ser capaz de regirse a sí mismo, de ser autónomo[4].



Sin embargo, históricamente se ha dado gran diversidad de casos sobre seres humanos individuales o incluso de colectivos que, sin su consentimiento informado, fueron parte de estudios médicos llevados a cabo por grandes compañías farmacéuticas o Estados con intereses particulares en una población determinada, los cuales dejan totalmente de lado el principio de autonomía de los seres humanos para imponer sus propios intereses. Dicho proceder llega a ser incluso una forma de explotación de los partícipes, pues puede que en ningún momento lleguen a obtener beneficio alguno devenido del sufrimiento que se les ha provocado sin su conocimiento o consentimiento. Este tipo de infortuna no solo pone en evidencia los problemas que conllevan los avances científicos realizados a costa de la salud de otros, sino también qué tan lejos pueden llegar compañías o Estados para llegar a obtener un beneficio a nivel personal u colectivo a costa de otros en situación de vulnerabilidad.



Bajo las condiciones del mundo actual, incluso se podría hablar de un proceso de deshumanización del ser humano; muchas veces se deja de lado el hombre-persona para resaltar al hombre-masa, llevando a una subjetivación en la que ya no toma en cuenta la realidad íntima, sino lo objetivable en el ámbito en que se vive.[5]. Con esta despersonalización se apela a la idea de que el “hombre” es realmente una invención reciente, tal como lo argumenta Foucault.[6]. Esta situación de no reconocimiento de derechos fundamentales por dejar de lado la idea misma de ser humano puede tener consecuencias severas según avanza la ciencia y la tecnología, hasta se podría considerar la posibilidad de dispersión de virus o bacterias que pueden causar consecuencias fatales solo por intereses particulares.



Como se mencionaba anteriormente, la autonomía es otra forma de designar el hecho de que el ser humano es un ser poseedor de libre albedrío, de tal forma que en principio no está sometido a la determinación de causas biológicas, sociológicas o culturales sobre él. La libertad es para él un fin en sí mismo y es responsable para con ese fin[7]. Este no sometimiento no llega solo a las causas antes mencionadas, sino a la libre determinación de su existencia en todos los ámbitos posibles.



Ahora bien, ¿realmente se respeta en la actualidad el principio de autonomía o queda solo en ideales? Actualmente se promueven con cierta regularidad cuerpos de ley que legislen este tipo de actividad, así como la creación de Comités de Ética para discutir la relación riesgo – beneficio para el participante del experimento. Siendo esta la situación ideal, ¿qué sucede con aquellos procesos en los cuales se ha dejado de lado la mayoría de requerimientos antes mencionados? Está claro que no es un proceder ético, mucho menos legal, pero que difícilmente puede ser perseguido por los intereses que manejan las investigaciones. De igual forma, ¿qué tan lejos están dispuestas a llegar  las partes involucradas para lograr estos fines? Basta simplemente con darle una mirada a la historia: la infección de guatemaltecos con sífilis por el gobierno estadounidense para investigar los efectos de la penicilina en cuanto a enfermedades de transmisión sexual o los tratamientos de exposición a radiación para curar el cáncer a las que se sometieron pacientes afroamericanos pobres por ejemplo. Si bien tales investigaciones arrojaron resultados que pueden ser beneficiosos para gran cantidad de personas, el proceso detrás de ellos demuestra un olvido total de las estipulaciones éticas para las investigaciones científicas aun cuando históricamente se han juzgado este tipo de prácticas por irrespetar la dignidad de las personas.



En estos casos, la vinculación entre autonomía y dignidad es prácticamente inexistente, ya que las víctimas no fueron capaces de tomar una decisión libre y con valor para su vida. Y el problema no queda solamente en el daño a individuos particulares que se encuentran en cierta posición por pura coincidencia, sino que hay que fijar la mirada en las características de los afectados: históricamente han sido minorías sin protección jurídica por su mismo status de minoría, personas económicamente vulnerables frente a un capital financiero o de un Estado con intereses propios. En pocas palabras, las víctimas son personas que estructuralmente han dejado de ser tratadas como seres humanos poseedores de dignidad desde hace mucho tiempo. Incluso se podría llegar a pensar que las regulaciones creadas en torno a la experimentación en seres humanos no han sido aplicadas a ciudadanos de segunda categoría en países de primer mundo, y menos aún a habitantes de los países del tercer mundo bajo la influencia hegemónica de potencias mundiales.



Ante esta realidad, cabe preguntarse cuál es la posición de los médicos y científicos que forman parte de este tipo de investigación y hasta donde llega su compromiso ético, el cual debería respetar los principios de no maleficencia o de justicia, más aún frente a grupos vulnerables. Como se ha mencionado anteriormente, en la actualidad hay diferentes protocolos y cuerpos de ley a los que los investigadores se tienen que apegar para llevar a cabo su trabajo. Pero dicha normatividad en muchas ocasiones resulta sumamente deficiente, no por su contenido, sino por la negativa a aplicarlo si hay intereses de por medio.



Bibliografía
Cortina, Adela. Ética aplicada y democracia radical. Madrid: Editorial Tecnos, 1997.
Roa, Armando. Ética y bioética. Santiago de Chile: Editorial Andrés Bello, 1998.
Guzmán, Fernando. “Bioética, derechos humanos y la investigación en seres humanos”, Opción, no. 73 (2014) http://www.redalyc.org/html/310/31035398005/



[1] Fernando Guzmán. “Bioética, derechos humanos y la investigación en seres humanos”, Opción, no. 73 (2014), 119-121
[2] ibídem
[3] Adela Cortina, Ética aplicada y democracia radical. (Madrid: Editorial Tecnos, 1997),  229
[4] ibídem
[5] Armando Roa. Ética y bioética. (Santiago de Chile: Editorial Andrés Bello, 1998), 145
[6] Armando Roa. Ética y bioética. (Santiago de Chile: Editorial Andrés Bello, 1998), 146
[7] Armando Roa. Ética y bioética. (Santiago de Chile: Editorial Andrés Bello, 1998), 202

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