Implicaciones éticas de la investigación en sujetos humanos.
Implicaciones éticas de la investigación en sujetos humanos: el principio de autonomía como fundamento de la dignidad de los sujetos humanos.
Por: Rosemarie Guadalupe Mercado Cubías
A
partir de los avances en las ciencias durante el último siglo, el
involucramiento de seres humanos en investigaciones científicas ha sido
necesario para generar resultados concretos que, además de tener la capacidad
de mejorar la calidad de vida, muchas veces pueden generar jugosas ganancias
para las grandes compañías farmacéuticas. Sin embargo, en el pasado no existía
regulación alguna que delimitara los derechos de las personas con las que se
practicaban en este tipo de investigaciones, lo que permitía a aquellos que
dirigían los experimentos a llegar a límites claramente inhumanos. Es hasta
después de la Segunda Guerra Mundial que se reconoce la necesidad de discutir
sobre la experimentación en seres humanos a partir de las atrocidades cometidas
por la Alemania Nazi y que fueron juzgadas en Núremberg.
Los
parámetros establecidos durante dicha época han venido evolucionando con el
pasar del tiempo, adaptándose a los avances generados por las nuevas
tecnologías, pero siempre retomando los derechos fundamentales a la vida y a la
salud como su base principal. El reconocimiento paulatino de los derechos
humanos no solo llevó a cambios en las normativas existentes, sino también a
una comprensión diferente de lo que significa ser persona y lo que esto
conlleva en cuanto a la ciencia. Los lineamientos originales propuestos en los
años cuarenta se han conservado, pero en la actualidad se ha resaltado con
especial interés el consentimiento informado sobre el proceso que se ha de
realizar, incluyendo todos los probables beneficios o posibles efectos
colaterales producto de la experimentación en el paciente[1].
Para ser puesto en práctica verdaderamente, este consentimiento voluntario
precisa de una decisión informada y libre, es decir, autónoma.
La
experimentación es una pieza clave para el desarrollo de avances en la
investigación científica; desde la “simple” experimentación en animales hasta
el tipo que ahora se pone en cuestión. Todo proyecto de investigación debe
estar diseñado de tal manera que evite todo daño o sufrimiento físico y mental
innecesarios, y debe procurar protección al sujeto estudiado, dándole la
facultad de retractarse de su participación en el proceso, tal como lo estipula
la Declaración de Helsinski[2].
Y es precisamente ante la investigación científica en sujetos humanos que
resulta importante considerar el principio de autonomía como fundamento de la
dignidad humana.
Ahora
bien, ¿adónde se encuentra tal relación? En sí, la dignidad de una persona es
reconocida a partir de la caracterización del ser humano como ser un
individual, pero capaz de la universalidad. La dignidad confiere un rango
superior que merece una consideración diferente, debido a la particular posibilidad
del ser humano de actuar libremente. Sin embargo, el término puede resultar
confuso si no se establece de qué se es digno y por qué se es digno de tal
cosa. Está claro que la dignidad es un medio de seguridad ante la realidad
incierta; sirve de mediadora entre los hechos concretos y las obligaciones de
terceras partes[3].
Cortina afirma que este principio se vincula con la facultad que tiene todo ser
humano de auto determinarse.
Para
profundizar en cuanto a la autonomía, Cortina la considera como el fundamento
de la dignidad, partiendo del hecho que es algo que culturalmente reconocemos; la
autonomía es una condición idealmente inherente al ser humano, la cual ha sido
respaldada bajo términos religiosos y filosóficos en repetidas ocasiones.
Cortina señala que para establecer la conexión entre dignidad y autonomía es
necesario volver a algunos planteamientos de la ética kantiana, precisamente su
observación sobre la sociedad moderna y el hecho de que en ella todo tenga
precio, aunque una cosa puede ser sustituida por algo equivalente a ella sin
problema alguno. Sin embargo, afirma que existe algo que está por encima de
todo precio existente, es decir, la dignidad del ser humano. Dicha
característica implica la característica de considerar el hecho que el ser
humano es un fin en sí mismo, lo cual determina un valor interno reconocible en
la persona de forma absoluta ante los demás sujetos. Ese valor interno se da a
partir de reconocer al ser humano como el único ser capaz de regirse a sí
mismo, de ser autónomo[4].
Sin
embargo, históricamente se ha dado gran diversidad de casos sobre seres humanos
individuales o incluso de colectivos que, sin su consentimiento informado,
fueron parte de estudios médicos llevados a cabo por grandes compañías farmacéuticas
o Estados con intereses particulares en una población determinada, los cuales
dejan totalmente de lado el principio de autonomía de los seres humanos para
imponer sus propios intereses. Dicho proceder llega a ser incluso una forma de
explotación de los partícipes, pues puede que en ningún momento lleguen a
obtener beneficio alguno devenido del sufrimiento que se les ha provocado sin
su conocimiento o consentimiento. Este tipo de infortuna no solo pone en
evidencia los problemas que conllevan los avances científicos realizados a
costa de la salud de otros, sino también qué tan lejos pueden llegar compañías
o Estados para llegar a obtener un beneficio a nivel personal u colectivo a
costa de otros en situación de vulnerabilidad.
Bajo
las condiciones del mundo actual, incluso se podría hablar de un proceso de
deshumanización del ser humano; muchas veces se deja de lado el hombre-persona
para resaltar al hombre-masa, llevando a una subjetivación en la que ya no toma
en cuenta la realidad íntima, sino lo objetivable en el ámbito en que se vive.[5].
Con esta despersonalización se apela a la idea de que el “hombre” es realmente
una invención reciente, tal como lo argumenta Foucault.[6].
Esta situación de no reconocimiento de derechos fundamentales por dejar de lado
la idea misma de ser humano puede tener consecuencias severas según avanza la
ciencia y la tecnología, hasta se podría considerar la posibilidad de
dispersión de virus o bacterias que pueden causar consecuencias fatales solo
por intereses particulares.
Como
se mencionaba anteriormente, la autonomía es otra forma de designar el hecho de
que el ser humano es un ser poseedor de libre albedrío, de tal forma que en
principio no está sometido a la determinación de causas biológicas,
sociológicas o culturales sobre él. La libertad es para él un fin en sí mismo y
es responsable para con ese fin[7].
Este no sometimiento no llega solo a las causas antes mencionadas, sino a la
libre determinación de su existencia en todos los ámbitos posibles.
Ahora bien, ¿realmente se respeta en la actualidad el principio de
autonomía o queda solo en ideales? Actualmente se promueven con cierta
regularidad cuerpos de ley que legislen este tipo de actividad, así como la
creación de Comités de Ética para discutir la relación riesgo – beneficio para
el participante del experimento. Siendo esta la situación ideal, ¿qué sucede
con aquellos procesos en los cuales se ha dejado de lado la mayoría de
requerimientos antes mencionados? Está claro que no es un proceder ético, mucho
menos legal, pero que difícilmente puede ser perseguido por los intereses que
manejan las investigaciones. De igual forma, ¿qué tan lejos están dispuestas a
llegar las partes involucradas para
lograr estos fines? Basta simplemente con darle una mirada a la historia: la
infección de guatemaltecos con sífilis por el gobierno estadounidense para
investigar los efectos de la penicilina en cuanto a enfermedades de transmisión
sexual o los tratamientos de exposición a radiación para curar el cáncer a las
que se sometieron pacientes afroamericanos pobres por ejemplo. Si bien tales
investigaciones arrojaron resultados que pueden ser beneficiosos para gran
cantidad de personas, el proceso detrás de ellos demuestra un olvido total de
las estipulaciones éticas para las investigaciones científicas aun cuando
históricamente se han juzgado este tipo de prácticas por irrespetar la dignidad
de las personas.
En estos casos, la vinculación entre
autonomía y dignidad es prácticamente inexistente, ya que las víctimas no
fueron capaces de tomar una decisión libre y con valor para su vida. Y el
problema no queda solamente en el daño a individuos particulares que se
encuentran en cierta posición por pura coincidencia, sino que hay que fijar la
mirada en las características de los afectados: históricamente han sido
minorías sin protección jurídica por su mismo status de minoría, personas económicamente
vulnerables frente a un capital financiero o de un Estado con intereses
propios. En pocas palabras, las víctimas son personas que estructuralmente han
dejado de ser tratadas como seres humanos poseedores de dignidad desde hace mucho
tiempo. Incluso se podría llegar a pensar que las regulaciones creadas en torno
a la experimentación en seres humanos no han sido aplicadas a ciudadanos de
segunda categoría en países de primer mundo, y menos aún a habitantes de los países
del tercer mundo bajo la influencia hegemónica de potencias mundiales.
Ante
esta realidad, cabe preguntarse cuál es la posición de los médicos y
científicos que forman parte de este tipo de investigación y hasta donde llega
su compromiso ético, el cual debería respetar los principios de no maleficencia
o de justicia, más aún frente a grupos vulnerables. Como se ha mencionado
anteriormente, en la actualidad hay diferentes protocolos y cuerpos de ley a
los que los investigadores se tienen que apegar para llevar a cabo su trabajo. Pero
dicha normatividad en muchas ocasiones resulta sumamente deficiente, no por su
contenido, sino por la negativa a aplicarlo si hay intereses de por medio.
Bibliografía
Cortina,
Adela. Ética aplicada y democracia
radical. Madrid: Editorial Tecnos, 1997.
Roa,
Armando. Ética y bioética. Santiago
de Chile: Editorial Andrés Bello, 1998.
Guzmán,
Fernando. “Bioética, derechos humanos y la investigación en seres humanos”, Opción, no. 73 (2014)
http://www.redalyc.org/html/310/31035398005/
[1] Fernando Guzmán. “Bioética, derechos humanos y la
investigación en seres humanos”, Opción,
no. 73 (2014), 119-121
[2] ibídem
[3] Adela Cortina, Ética aplicada y democracia radical.
(Madrid: Editorial Tecnos, 1997), 229
[4] ibídem
[5] Armando Roa. Ética y bioética. (Santiago de Chile:
Editorial Andrés Bello, 1998), 145
[6] Armando Roa. Ética y bioética. (Santiago
de Chile: Editorial Andrés Bello, 1998), 146
[7]
Armando Roa. Ética y bioética. (Santiago
de Chile: Editorial Andrés Bello, 1998), 202
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